Domínguez Brito y el no ha lugar de Félix Bautista

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El pasado 27 de marzo, el magistrado Alejandro Moscoso Segarra, Juez designado por la Suprema Corte de Justicia para conocer de la audiencia preliminar en contra del senador Félix Bautista y compartes, acusados por el Ministerio Público de desfalco, lavado de activos, entre otros hechos punibles,  dictó el NO HA LUGAR a favor de los imputados, un fallo que ha dividido la sociedad dominicana entre los que entienden que la justicia actuó en complicidad con Bautista y “sus colaboradores”, y los que a su parecer es una decisión justa, apegada a los cánones legales de buena aplicación del derecho.

Para los primeros, cualquiera que sea la decisión del magistrado Moscoso Segarra, no sería ninguna sorpresa, pues solo tenía dos alternativas: a) declarar el “NO HA LUGAR”, b) enviar a los imputados a juicio de fondo. Si el magistrado fallaba (como falló) conforme a la primera opción, dirían todo cuanto están diciendo ahora, pero si lo hacía conforme a la segunda alternativa, entonces hubiesen dicho: “es que eso era muy obvio, no pudo hacerlo de otra manera”. En el caso de los que creen que el magistrado actuó bien, solo hubiese constituido sorpresa alguna de fallar diferente, pues todos sabían que conforme a los planteamientos esgrimidos por la Procuraduría General, el resultado sería el no ha lugar.

Es que Francisco Domínguez Brito, con el respeto que me merece es un profesional con limitada capacidad jurídica, demostrado en sus actuaciones como litigante, así como también en las posiciones que ha ostentado como Procurador Fiscal del Distrito y dos veces Procurador General de la República, en donde ha desempeñado un pobre papel. Cometió la estupidez de llevar al plano institucional sus diferencias, resentimiento y animadversión contra Félix Bautista, sin previamente asegurarse de poseer los medios de pruebas que comprometan la responsabilidad penal de este con algún hecho punible, que permita razonablemente destruir la presunción de inocencia de la que es acreedor todo nacional de la República Dominicana, conforme al artículo 14 de nuestro Código Procesal Penal, que establece: “Toda persona se presume inocente y debe ser tratada como tal hasta que una sentencia irrevocable declare su responsabilidad. Corresponde a la acusación destruir dicha presunción”.

El fallo del magistrado Segarra, fue basado en el principio de la “doble persecución”, en virtud de que ya el senador Félix Bautista había sido investigado por ese mismo Ministerio Público, habiéndose determinado que ninguna de sus acciones habían quebrantado las normas legales del país, por lo que el procurador actuando decidió archivar definitivamente el expediente, además otra parte del mismo siendo juzgado por ante la justicia ordinaria. Nuestro Código Procesal Penal en su artículo 9 establece que: “Nadie puede ser perseguido, juzgado ni condenado dos veces por un mismo hecho”. Basado en ello se dictó el NO HA LUGAR.

Ante esa decisión judicial, se ha pronunciado nuestro Procurador General satanizando de las mil y una manera al sistema judicial al que él pertenece, del que es parte, pues cabe señalar que la justicia dominicana es un pájaro de dos alas, una lo es la Suprema Corte de Justicia, presidida por Mariano Germán, y la otra ala es la Procuraduría General de la República, presidida por Domínguez Brito. Ello quiere decir que si la justicia dominicana está podrida, al Procurador General de la República le corresponde la mitad de esa putrefacción. Esas declaraciones vertidas por el jefe de un ala de la justicia pone de relieve la doble moral y carencia de valores, toda vez que por principio de ética, antes de hablar mal del ente al que usted pertenece y al que le debe lealtad y fidelidad, debe renunciar del mismo. El desmemoriado no agradece y quien no agradece traiciona.

Ahora al Procurador le quedan tres caminos, el primero y menos pedregoso, pero al menos mas digno, renunciar del cargo y lavarse las manos como Pilato, diciendo que trató en vano de perseguir la corrupción pero que el estiércol existente en la Corte Suprema nubla la capacidad de razonamiento de sus jueces y los pone al servicio del crimen organizado. Descartada esta opción por lo que dije anteriormente; segundo, asumir con responsabilidad que se equivocó al ligar asuntos personales con los inherentes a la función que desempeña, violando con ello la ética que debe observar un ciudadano correcto, pedir excusa pública, desistir de su obstinación, dejar vencer el plazo de apelación y seguir trabajando, lo cual se descarta que haga porque la humildad está de vacaciones por el asueto de Semana Santa; y tercero, apelar el auto de no ha lugar.

Esta última, según sus propias declaraciones, fue la opción elegida por nuestro Procurador General. Según el Código Procesal Penal en su artículo 416 sobre decisiones recurribles: “El recurso de apelación es admisible contra la sentencia de absolución o condena”. Según el 417 sobre los motivos: “El recurso sólo puede fundarse en:

  1. La violación de normas relativas a la oralidad, inmediación, contradicción, concentración y publicidad del juicio;
  2. La falta, contradicción o ilogicidad manifiesta en la motivación de la sentencia, o cuando ésta se funde en prueba obtenida ilegalmente o incorporada con violación a los principios del juicio oral;
  3. El quebrantamiento u omisión de formas sustanciales de los actos, que ocasionen indefensión;
  4. La violación de la ley por inobservancia o errónea aplicación de una norma jurídica.

 Ante estos motivos, es obvio que no existe razón alguna para que un recurso de apelación a la decisión de no ha lugar pueda prosperar, sin embargo, al admitir el recurso los magistrados en virtud de lo dispuesto en el artículo 422 del citado texto legal, obrarán de la siguiente manera: “Al decidir, la Corte de Apelación puede:

  1. Rechazar el recurso, en cuyo caso la decisión recurrida queda confirmada; o
  2. Declarar con lugar el recurso, en cuyo caso:

2.1.   Dicta directamente la sentencia del caso, sobre la base de las comprobaciones de hecho ya fijadas por la sentencia recurrida, y cuando resulte la absolución o la extinción de la pena, ordena la libertad si el imputado está preso; u

2.2.   Ordena la celebración total o parcial de un nuevo juicio ante un tribunal distinto del que dictó la decisión, del mismo grado y departamento judicial, cuando sea necesario realizar una nueva valoración de la prueba”.

 Lo mejor que le pudiera pasar al Procurador General sería que los imputados ganen en la corte y lo mejor que le pudiera pasar a los imputados es que el Procurador General gane en la corte. Aunque parezca paradójico es así por lo siguiente:

Si los imputados ganan en la corte, sería sobre la base de que sea rechazado el recurso y la sentencia recurrida sea confirmada. Esto le daría vida al procurador para sus propósitos de la campaña mediática, ya que tendrá la oportunidad de interponer un recurso de casación por ante el pleno de la Suprema Corte de Justicia, y aunque es segura la confirmación de la sentencia recurrida por los mismos motivos de los grados anteriores, podría alegar violación de preceptos constitucionales y atacar la decisión por ante el Tribunal Constitucional, lo que le permitiría tiempo mas que suficiente para seguir alimentando el morbo de los adversarios del senador a través de la campaña mediática.

Si por el contrario el Procurador General gana en la Corte de Apelación, será anulada la decisión del “NO HA LUGAR” del magistrado Segarra, ordenando la celebración de un nuevo juicio por ante un tribunal del mismo grado pero diferente al que dictó la sentencia. Es lógico pensar que por las mismas razones de la decisión del fallo de Segarra, el nuevo juez fallará del mismo modo dictando un no ha lugar. Según nuestro Código Procesal Penal en su artículo 423 sobre la doble exposición: “Si se ordena la celebración de un nuevo juicio en contra de un imputado que haya sido absuelto por la sentencia recurrida, y como consecuencia de este nuevo juicio resulta absuelto, dicha sentencia no es susceptible de recurso alguno”. Esto quiere decir que la nueva sentencia dictada adquiere lo que los abogados llaman “la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada”, por lo tanto el Procurador General al no poder recurrir la misma por ante ninguna instancia nacional ni internacional, habrá perdido definitivamente. En ese sentido, en el recursos de apelación Félix Bautista lo único que se expone es ganando en la corte a perder el tiempo.

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Autor

Cristian Hidalgo

Escritor, Ingeniero Civil de profesión y Realtor de oficio. Desarrollador de proyectos inmobiliarios, Asesor de Fideicomisos, Ley 189-11

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Comentarios

  1. Cristian Hidalgo 4 abril, 2015 a las 10:47 pm
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    Muchas gracias a todos por sus opiniones a favor o en contra de lo publicado. Al final lo que debe prevalecer es la libertad de opinión. Siempre que se opine con respeto, sus escritos serán publicados, no se le coarta a nadie su derecho de expresión. Se pone de relieve que los lectores de este portal son personas con la madurez para esbozar su idea sin la necesidad de atropellar a los demás. Mi respeto a te todos ustedes que son los dueños de esta estructura comunicacional.

  2. jubata 4 abril, 2015 a las 9:39 pm
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    la mejor forma de hacerle frente a una batalla es: estando en el frente, y bien atrincherado.. si renuncia de su puesto no tendria armas para defender, lo que como hombre ha hecho frente.. y que muchos cobarde no somos capaz de denunciar, porque no tenemos ni las armas, ni estamos en el frente … por lo tanto siga ahi en la trinchera procurador,
    que los cobardes lo apoyamos moralmente.. la historia se encargara de darle la victoria …

  3. Diana 4 abril, 2015 a las 8:14 pm
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    El problema que hay en nuestro pais es que quienes no saben de leyes opinan, pienso que fue una justa ya que, esta apegada a la ley y que basandose en las pruebas no se encontro nada anormal y todo estaba apegado a la ley, entonces lo que digo el procurador que no se preste hacer un show de mal gusto y si quiere marcar un precedente que lo haga con casos reales de corrupcion o que deje el cargo por que ha quedado demostrado que no da para eso ha sido un fracaso total.

  4. milciades lembert 4 abril, 2015 a las 12:06 pm
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    es penoso este comentario sin conocer lo planteado ,Para plantear doble acusación, proceso o como quieran llamarle hoy, primero demuestre si el caso anterior sobre feliz bautista tiene una sentencia evacuada por un tribunal, cosa que no ocurrió,

  5. Omar Vicente 4 abril, 2015 a las 9:48 am
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    Comenze a leer su comentario y me da pena que usted se crea que puede evaluar a Dominguez Brito. Documentese y escuche a los profesionales del derecho que han planteado que este ha sido el mejor expediente instrumentado por el MP
    Como casi seguro que usted no sabe que significa MP, se lo digo. MINISTERIO PUBLICO.

  6. ANGELICO 4 abril, 2015 a las 1:45 am
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    TU LO QUE ERES OTRO LAMBOM DE LA LOTERIA NACIONAL

  7. Herman pilier Báez 3 abril, 2015 a las 11:01 pm
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    Feliz Bautista es un gran ser humano, felicito a la justicia por el trabajo que hace.

  8. Herman pilier Báez 3 abril, 2015 a las 10:59 pm
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    Feliz Bautista es un tremendo ser humano, me alegro que la Justicia haya actuado apegado a la verdad.

  9. jessmanzanillojakumdoro@outlook.es 3 abril, 2015 a las 10:46 pm
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    ¡Me fascina escribir, apreciado amigo! Pero seré muy parco, lacónico y sucinto: ¿A CUANTOS PENDEJOS TU PRETENDES CONFUNDIR CON TU VERBORREA QUE NI SIQUIERA LLEGAN? ¡Jajaajaajaajajajaa..!

  10. Javis Romano 3 abril, 2015 a las 9:49 pm
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    Ingeniero porque no nos mostró un plano, de uno de lo mas de 140 inmuebles multimillonarios del Senador Bautista, observe los comentarios todos muy bien expresados y con gran decoro, valide la opinión de los que participan y vera usted que al parecer usted esta muy lejos de lo que piensan los que participaron, yo comparto con todos ellos, es decir me suma como uno mas que opinan que usted esta dando un juicio muy horizontal.

  11. Andrés Merejildo 3 abril, 2015 a las 4:36 pm
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    En ocasiones he llegado a pensar que el sometimiento del Procurador al Senador y sus colaboradores, es parte del Plan de los sectores que no pueden demostrar como adquirieron sus grandes patrimonios económicos que exhiben y ostentan. De esa forma son enjuiciados en su propia administración y evitan que en un gobierno de otro partido sean perseguidos. No creo que El Procurador Domínguez Brito tenga ningún interés político en hacerle daños a sus propios compañeros. Si el Magistrado Segarra estaba tan seguro de que su compañero y jefe político era inocente, ¿Por qué no lo envió a juicio de fondo y perdieron la oportunidad de demostrarlo en un juicio público, discutido y con presencia de los medios de comunicación? ¿A que le tienen miedo? Tanto el Magistrado como el Imputado saben que de toda forma saldrían libre, ya que aquí en RD no hay ni Tribunal ni Juez que se atreva a fallar en contra de esta nueva oligarquía de Políticos-Empresarios que se han lucrado de la pobreza, la miseria de este pueblo ignorante, hambriento, al cual le agudizaron su pobreza para en tiempo de elecciones comprársela con dadivas de sus propios impuestos.

  12. lucinda 3 abril, 2015 a las 4:25 pm
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    Para plantear doble acusación, proceso o como quieran llamarle hoy, primero demuestre si el caso anterior sobre feliz bautista tiene una sentencia evacuada por un tribunal, cosa que no ocurrió, pyed de todos es conocido que Sr archivo puro y simple el expediente en cuestión, y el segundo, aun existiendo elementos concursante y que implica a los.imputados era para pronunciar otra sentencia…

  13. Andrés Merejildo 3 abril, 2015 a las 2:59 pm
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    En ocasiones he pensado que el sometimiento realizado por el Procurador es parte del plan de los sectores de poder, que no pueden justificar sus bienes. Así son enjuiciado en su propio gobierno y evitar ser sometido en otra aministracion de otro partido gobernante. Si el Magistrado Segarra, estaba tan seguro que sus campañaros de Partido son inocentes, ante los custionamientos de más de un 85% de la ciudadanía, debió enviarlo a juicio de fondo para que lo demostrarán. Aunque todo dominicano con un poco de juicio sabe que pasaría los mismo. En ese tribunal no hay juez que se atreva aTocar ese grupo Político – económico creado a costo de la miseria, la inesquidad, el abandono y la pobres de un pueblo inorante y servil.

  14. Eliza M. 3 abril, 2015 a las 2:02 pm
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    Las personas en las que no se debe confiar son aquellas que cubren su identidad para decir no lo que piensan, sino lo que en ese momento les conviene, puesto que así es más fácil cambiar de posición cuando le convenga, y se vienen a pintar de santos cuando sólo necesitan una cuota de poder para ser desenmascarados y mostrar su verdadera cara. No apoyo corruptos, menos a los fariseos que se visten de pureza cuando no son más que sepulcros blanqueados podridos por dentro.

  15. Eliza M. 3 abril, 2015 a las 1:52 pm
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    Si fuera el articulista me sentiría más que halagado con el comentario de Adelante Torres, que dicho sea de paso da mas muestras de ser pagado que él por la cobardía de colocar pseudonimo. Es más cómodo estar de ese lado. Siempre es más cómodo estar del lado de la hipocresía.

  16. adelante torres 3 abril, 2015 a las 11:20 am
    /

    Cómo diría Miguel Céspedes » Pero muchacho y quien te escribió eso tan bonito». Más aún se nota que no fuiste tú, por más brillante que fuere los términos del escrito y sus tecnicismos son jurídicos y tu no eres Abogado. Pues tomando en cuenta que según tu opinión esto es personal del procurador, yo me creo que tu escrito es Comercial. Dime cuanto te pagaron para que lo publicará como tuyo, oh con cuantas obras te han beneficiado. POR MÁS QUÉ QUIERAN CONFUNDIRNOS ESTE PUEBLO DE HOMBRES Y MUJERES SERIAS YA ESTÁ DESPERTANDO DE LA ANESTESIA DEL LEÓN Y SU GRUPO. Ese grupo de fiscales de Carrera que llevo ese proceso no es Dominguez Brito.

  17. Emilio 31 marzo, 2015 a las 10:22 pm
    /

    Una vez más el editor me sorprende con su análisis pormenorizado de éste caso.

    Sin duda alguna no hay ni pruebas ni evidencias de actos de corrupción, las que presentó el Ministerio Público fueron, o infundadas, o ilegales, por lo tanto procedia el AUTO DE NO HA LUGAR.

    Emilio Suárez.

  18. mayteru@live.com 31 marzo, 2015 a las 2:31 pm
    /

    Como siempre muy completo tu editorial.El poder y la justicia la mayor parte de las veces van juntos,si se trata de hundir a un adversario,rara vez disciernen.Por eso la desconfianza a éstas instituciones,que cuando hacen algo bueno nadie les cree.

La realidad existe como un absoluto objetivo: los hechos son los hechos, independientemente de los sentimientos, deseos, esperanzas o miedos de los hombres

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