
Inscribieron a Leonel. ¿Qué sigue?
En Editorial noviembre 16, 2019 porAyer viernes 15 de noviembre, la coalición de partidos políticos conformada por el De los Trabajadores Dominicanos o Fuerza del Pueblo (LFP), la Fuerza Nacional Progresista (FNP), el de Unidad Nacional (PUN), Quisqueyano Dominicano Cristiano (PQDC) y Bloque Institucional Socialdemócrata (BIS) que lleva al exmandatario Leonel Fernández como candidato presidencial, solicitó formalmente su inscripción por ante la Junta Central Electoral (JCE), entidad que en virtud de la ley electoral está compelida a recibirla para discutirla con el pleno; debiendo en un plazo no mayor de cinco días declararla admitida o rechazada.
Lo cierto es que todos y cada uno de esos partidos que conforman la coalición están facultados y habilitados para inscribir a cualquier ciudadano como su candidato presidencial, siempre que el mismo no se encuentre vedado por la Constitución, la Ley de Partidos 33-18, la 15-19 de Régimen Electoral o los estatutos internos. En ese sentido hicieron lo propio; sin embargo, ahora corresponde a la JCE depurar al candidato en cuestión para determinar si sobre el mismo pesa algún impedimento constitucional, legal o estatutario.
No obstante haber recibido la llamada de un gran jurista (seguidor de Leonel, por ende parte interesada), argumentándome que las leyes 33-18 y 15-19 realmente mas declararlas inconstitucionales, en los casos de los precandidatos a diputados, senadores y presidente de la república no aplica; sino que éstas sólo tienen alcance hasta lo municipal; sigo entendiendo a pesar de ello, que a mas tardar el próximo jueves la JCE habrá de rechazar o declarar inadmisible esa candidatura, en consonancia con las leyes 33-18 y 15-19 que la limitan.
Soy abanderado de que quien mejor capacidad tiene para observar un juego de béisbol en el play no es quien se encuentra dentro del mismo, tampoco los fanáticos en las gradas; sino aquel que sin apostar a ninguno de los partidos, lo observa desde un ángulo que le permita apreciar a cada jugador. Algunos amigos que nos distinguen con su lectura no verán con buenos ojos lo que aquí se plasma; sin embargo, la próxima semana vence el plazo que tiene la JCE para admitir o no esa candidatura, poniendo de relieve la realidad aquí planteada. Por muchos tecnicismos, arreglos e interpretaciones que los interesados pretendan argumentar para que la Junta le inscriba, les sugiero los vayan guardando para el Tribunal Superior Electoral (TSE).
La JCE al declarar inadmisible esa candidatura, no estará actuando de espalda a nuestro ordenamiento jurídico, tampoco en contra de ninguno de esos partidos (pues todos están habilitados para competir con candidaturas propias o comunes en las siguientes elecciones de febrero y mayo); será el Dr. Leonel Fernández quien tendrá que elevar un recurso de apelación en contra de la decisión de la JCE por ante el Tribunal Superior Electoral, argumentando que la base legal en la que fundamenta su decisión está siendo objeto de un recurso de inconstitucionalidad, por lo tanto el Tribunal Superior Electoral (TSE) deberá admitir el recurso de apelación y sobreseerlo hasta tanto el Constitucional se manifieste en ese sentido.
Es hasta cierto punto entendible que el Dr. Leonel Fernández no pondrá todos sus huevos en una sola canasta (la del Constitucional); tiene muy claro que un país con instituciones débiles en donde de alguna manera los jueces de las altas cortes pudieran ser permeados por las influencias del Palacio Nacional, no sólo se apoyará en el recurso que reposa en el Tribunal Constitucional, sino además de su derecho a ser elegible consagrado en la Constitución, ya que él no ha sido postulado por ninguno de los partidos políticos que convergen en el actual proceso electoral.
Así las cosas, el equipo de juristas que defiende al expresidente estará preparado no para defenderle del efecto que le producen las leyes 33-18 y 15-19; pues si es el argumento de la JCE para rechazar su inscripción, con la sola declaratoria de inconstitucionales de los artículos atacados, no necesitarán mas que depositar dicha sentencia por ante el TSE para que éste emita la suya ordenando a la JCE la correspondiente inscripción de Fernández. Si por el contrario el TC sea por propia convicción o por los hilos movidos desde Palacio rechazare el recurso, ahí el TSE tendrá bien agria la piña, porque ese equipo de juristas que postula a favor de Leonel, es capaz de lo azul marino hacerlo verse negro y lo amarillo ponerlo a verse blanco.
El Tribunal Superior Electoral (TSE) está conformado por cinco jueces: Román Andrés Jáquez Liranzo (quien lo preside), acompañado de Santiago Sosa, Ramón Madera Arias, Rafaelina Peralta y Cristian Perdomo; quienes fueron designados el pasado año 2017 por un Consejo Nacional de la Magistratura controlado por el actual Presidente de la República, a quien deben de alguna manera su designación. Si este tribunal fuese también influenciado por los hilos del Palacio Nacional o fundamentase su decisión en base a su propia convicción, el Dr. Leonel Fernández y su equipo de juristas no tendrían mas que acatar tan suprema decisión ratificando la inadmisión de la JCE.
De su lado, los mayores beneficiados de esta crisis y posterior disputa entre los discípulos de Juan Bosch, lo son Luís Abinader y los perremeístas, quienes tienen cruzados sus dedos, con siete velas encendidas a cada santo para que Palacio mueva sus hilos en contra de la posible candidatura de Leonel; convencidos están de que ello provocaría la furia de los mil demonios, y descalificado Leonel, todo se definiría en primera vuelta. Sin embargo, admitirlo como candidato, podría antes de febrero estar liderando la oposición, con una segura segunda vuelta electoral, cuyos resultados en junio son impredecibles aún.
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